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Berta Cáceres, un ejemplo para el mundo

23 enero, 2026 | Ricardo Changala

En menos de 10 años, Berta Cáceres ha pasado de ser una mujer perseguida y asesinada por sus luchas en defensa del territorio de sus pueblos y la protección de la naturaleza, a ser reconocida por el Estado hondureño como un ejemplo de lucha cuyo legado debe ser conocido por la población hondureña actual y sus futuras generaciones.

El hecho es llamativo, más en los tiempos que corren en la actualidad, pero resulta aún más singular porque coincide con la publicación de un informe internacional donde se reconocen varias implicaciones de autoridades hondureñas en el asesinato de Berta Cáceres en 2016.

El Estado que persiguió, criminalizó, no evitó su asesinato ni tampoco lo investigó como correspondía, hoy la reconoce y promueve que se conozca su lucha.

Reconocimiento estatal

El 20 de enero de 2026, el Banco Central de Honduras habilitó la circulación de un nuevo billete de 200 lempiras, el cual rinde homenaje a Bertha Isabel Cáceres Flores, reconocida líder indígena lenca, luchadora en la defensa del ambiente y defensora de los derechos indígenas en Honduras.

Según la institución bancaria hondureña, se trata de una línea de actualización del sistema monetario en el país que incluye el reconocimiento de figuras históricas relevantes para el país promoviendo la educación sobre su legado.

El nuevo diseño del billete de 200 lempiras mantiene su valor nominal y suma mayor seguridad, informó el Banco Central hondureño.

El lanzamiento de este billete se realizó el 25 de enero, fecha en que se conmemora el Día de la Mujer Hondureña, en recuerdo de que en 1955 las mujeres obtuvieron el derecho al voto.

Con la imagen de Berta Cáceres se busca conmemorar esta fecha, al tratarse de la primera mujer que aparece en un billete. Según la presidenta del Banco Central, con este lanzamiento Honduras se suma a los 56 países del mundo que han incorporado figuras femeninas en su moneda.

El nuevo billete no solo incluye la imagen de Berta Cáceres, sino que a ella se suma una representación artística del río Gualcarque, donde, en abril de 2013, se realizó la toma del Roble, acción que fue un mojón fundamental en la lucha de la comunidad lenca de Río Blanco contra la construcción inconsulta de la represa hidroeléctrica Agua Zarca.

En el reverso se observa una vista panorámica de la ciudad de La Esperanza, Intibucá, sitio de origen de la homenajeada, junto a una expresión utilizada por ella: “¡Despertemos humanidad! ¡Ya no hay tiempo!”.

Además, el billete también integra una imagen de tejido tradicional del pueblo lenca como homenaje a la cultura de ese pueblo y su compromiso por la defensa de sus territorios. También se puede ver, bajo la luz ultravioleta, una referencia al premio “Goldman Environmental Prize”, otorgado a Berta Cáceres en  2015.

Sin perjuicio de la relevancia de este reconocimiento, no deja de ser paradojal que el mismo se realiza en un billete, un medio de pago, símbolo de la riqueza, cuando se ha conocido un informe internacional que da cuenta de la responsabilidad directa de empresas hondureñas en la persecución y asesinato de Berta Cáceres.

Informe sobre su asesinato

Apenas unos días antes, el 12 de enero, a dos meses de cumplirse 10 años del asesinato de Berta Cáceres, se publicó el informe preparado por el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) sobre la muerte y las investigaciones posteriores en torno a este caso.

El GIEI se conformó oficialmente el 14 de febrero de 2025, en virtud del acuerdo alcanzado entre el Estado de Honduras, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y las víctimas del caso titulares de medidas cautelares dispuestas por la misma CIDH, cuyo objetivo es ser un mecanismo extraordinario e independiente, dotado de plena autonomía técnica, para contribuir al esclarecimiento integral del asesinato de Berta Cáceres y de los hechos conexos vinculados al proyecto Agua Zarca.

Su creación respondió a la necesidad de superar los límites de una investigación penal fragmentada, centrada principalmente en los autores materiales, y de examinar de manera articulada las dimensiones estructurales, empresariales, financieras y estatales del crimen.

Antecedentes del GIEI

La CIDH comenzó a intervenir en la situación de Bertha Isabel Cáceres Flores el 29 de junio de 2009, cuando le otorgó medidas cautelares en su calidad de líder lenca, integrante del COPINH y defensora del medio ambiente en Honduras, luego de que fuerzas militares rodearan su vivienda, solicitando al Estado la adopción de medidas para garantizar su vida e integridad personal.

El 31 de julio de 2013, la CIDH notificó a las partes que se continuaría con el seguimiento de la situación de la Cáceres bajo el registro MC-405-09.

En marzo de 2016, Berta fue asesinada en su domicilio de La Esperanza, Intibucá.

Posteriormente, el 6 de diciembre de 2022, el Estado, a solicitud de las beneficiarias de las Medidas Cautelares Nº 112/16, solicitó a la CIDH asistencia técnica internacional mediante la conformación de un grupo interdisciplinario de personas expertas independientes, con el fin de investigar la autoría intelectual y los delitos conexos del crimen contra Bertha Cáceres.

En noviembre de 2024, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de Honduras resolvió confirmar las sentencias emitidas contra siete de los ocho responsables del crimen, con penas de entre 30 y 50 años de prisión.

Para David Castillo, coautor del asesinato, expresidente de la empresa Desarrollos Energéticos SA (DESA) y exmiembro de la Inteligencia de las Fuerzas Armadas hondureñas, la Sala decidió modificar las agravantes y reducir la pena de 22 años y 6 meses. Además, Castillo sumó otros cinco años por fraude relacionado con el proyecto hidroeléctrico Agua Zarca sobre el río Gualcarque.

Pese a ese importante avance hacia la justicia integral en el proceso de Berta Cáceres, el Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH), la familia de la luchadora popular y el equipo de acusación privada siguen exigiendo captura y castigo para los autores intelectuales del asesinato. Hasta el momento, solo hay requerimiento fiscal contra Daniel Atala Midence, exgerente financiero de DESA, quien sigue prófugo de la justicia.

Resultado de lo anterior, el Estado de Honduras, la CIDH y las personas beneficiarias de las medidas cautelares firmaron el Acuerdo para la instalación de un Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes para la asistencia técnica internacional desde la perspectiva de los derechos humanos en la investigación de la autoría intelectual del asesinato de Bertha Cáceres y delitos conexos.

Asimismo, el GIEI plantea un plan de reparación integral y de carácter colectivo para las víctimas del caso, en particular para las comunidades lencas impactadas por el extractivismo y la violencia derivada de la instalación del proyecto hidroeléctrico Agua Zarca.

El asesinato y su contexto

El asesinato de Berta Cáceres ocurrió la noche del 2 de marzo de 2016, cuando un grupo de cuatro personas ingresó violentamente a su domicilio para ejecutarla. En ese momento, la víctima se encontraba acompañada por Gustavo Castro Soto, de nacionalidad mexicana, quien estaba de visita en la ciudad de La Esperanza para participar en una conferencia sobre energías renovables en territorio lenca, quien es el único testigo del asesinato porque sobrevivió al atentado.

Según el informe del GIEI, la evidencia recopilada demuestra que el asesinato de Berta Cáceres debe analizarse en el marco de un contexto más amplio de violencia estructural, captura institucional, corrupción sistémica, discriminación histórica, negación de los pueblos indígenas como sujetos de derechos y militarización de los conflictos socioambientales, dinámicas profundamente arraigadas en la realidad hondureña antes y después del golpe de Estado de 2009.

Para el GIEI, es claro que el asesinato de  Berta Cáceres se relaciona con su lucha y la del COPINH junto con la comunidad indígena lenca de la aldea de río Blanco, en el municipio de Intibucá, frente a la imposición de un proyecto hidroeléctrico sobre el sagrado río Gualcarque sin consulta previa y en violación de sus derechos colectivos sobre el territorio ancestral.

Fue en el marco de este proceso —por su rol trascendental, su liderazgo, su capacidad de articulación comunitaria, su búsqueda de consensos y su toma de acciones de resistencia— que directivos de la empresa Desarrollos Energéticos S.A. dispusieron su asesinato.

El informe sostiene que estas causas estructurales de la conflictividad socioambiental en Honduras persisten.

La realidad es que se sigue incumpliendo la obligación de la consulta previa, se mantiene la militarización de territorios indígenas y la criminalización de personas defensoras como detonantes de la violencia en contextos donde se implementan proyectos hidroeléctricos sin el consentimiento de las comunidades afectadas.

Por ello, según el GIEI, el lugar del crimen no se limita a la vivienda de Cáceres, donde fue asesinada, sino que abarca a las autoridades estatales y empresariales que

  • autorizaron el proyecto sin consulta previa;
  • vulneraron derechos del pueblo lenca;
  • estigmatizaron y criminalizaron a Berta Cáceres y a quienes defendieron dichos derechos;
  • omitieron brindarle protección efectiva pese a la vigencia de las medidas cautelares otorgadas por la CIDH para proteger su vida e integridad y la presentación de decenas de denuncias de amenazas y ataques ante las autoridades; y
  • que, posteriormente, incumplieron su deber de investigar de manera oportuna y efectiva la autoría intelectual y financiera del crimen.

Corrupción y connivencias

Berta Cáceres era una figura de proyección nacional e internacional. Su liderazgo fue decisivo para frenar el avance de la represa Agua Zarca, promovido por la empresa Desarrollos Energéticos S.A. (DESA), y para visibilizar, dentro y fuera del país, los impactos sociales, ambientales y culturales de estos proyectos.

Desde etapas tempranas del proyecto Agua Zarca, Berta Cáceres, coordinadora del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH), articuló la resistencia de comunidades indígenas frente a proyectos concesionados sin consulta previa, libre e informada; fue identificada por directivos de la empresa como un obstáculo estratégico para la consolidación del emprendimiento hidroeléctrico.

Esta condición la colocó en una situación de riesgo previsible y ampliamente documentada. Sin embargo, pese a contar con medidas cautelares otorgadas por la CIDH, el Estado no adoptó medidas eficaces para proteger su vida ni para desactivar los factores de riesgo asociados al conflicto territorial.

Ello no fue una mera negligencia estatal, sino que implicó una objetiva connivencia de las autoridades gubernamentales con los intereses empresariales en un momento caracterizado por la concentración del poder económico, altos niveles de corrupción y una institucionalidad progresivamente capturada por intereses privados.

Como constató el GIEI, tras el golpe de Estado de 2009, Honduras promovió la expansión acelerada de proyectos extractivos y energéticos, apoyado por procesos de privatización y marcos regulatorios flexibles, con el respaldo financiero de bancos internacionales de desarrollo, cuyos créditos otorgaron viabilidad económica y legitimidad institucional a proyectos impuestos en territorios indígenas sin consulta previa ni mucho menos el consentimiento de sus habitantes.

De manera contundente y con base en profusa evidencia, el GIEI sostiene que el proyecto hidroeléctrico Agua Zarca, instalado en el territorio indígena lenca de Río Blanco, constituye un caso paradigmático de este modelo.

Su autorización se sustentó en licencias irregulares, contratos administrativos viciados y procesos de titulación individual que desconocieron derechos colectivos.

La implementación del proyecto se realizó mediante la militarización del territorio, la cooptación comunitaria, el uso de violencia, y la criminalización sistemática de quienes defendían el río Gualcarque como espacio sagrado, cultural y de subsistencia.

Su implementación fue posible gracias a financiamiento internacional otorgado por el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y el Banco de Desarrollo de los Países Bajos (FMO) en 2014, pese a la existencia de un conflicto territorial conocido, una oposición comunitaria sostenida y riesgos evidentes para las personas defensoras del territorio.

Crimen empresarial

No es habitual en este tipo de informes que se atienda con tanta profundidad, precisión y abundante evidencia probatoria, el papel sustancial del sector empresarial en la violación de derechos humanos individuales y colectivos, incluyendo el derecho a la vida, con el fin último de obtener beneficios económicos.

En general, ocurre lo contrario. El foco se pone en las responsabilidades estatales, dentro del Estado se enfatiza en algunos estamentos, como las fuerzas de seguridad, el ejército, sistema judicial u otros, pero el empresariado, el sistema financiero local e internacional, sale indemne de responsabilidades, cuando suele ser de los principales beneficiados.

En este informe, en cambio, desde las primeras líneas se relacionan esos aspectos y el documento dedica decenas de páginas al asunto e incluso un capítulo específico sobre el financiamiento del asesinato. Igual ocurre en las recomendaciones, donde también el punto es analizado de manera concreta.

Se sostiene que el asesinato fue preparado a través de acciones de seguimiento, planificación e inteligencia cuso costo fue cubierto por fondos del BCIE y de un bando de los Países Bajos, inicialmente destinados al proyecto hidroeléctrico.

Los datos aportados señalan que el 67% de los recursos recibidos (cerca de 18,5 millones de dólares) fueron desviados irregularmente a través de distintas vías como transferencias sin justificación, falsos pagos con cheques, división de montos para no superar límites que exigían controles adicionales, entre otras.

Por ello, el GIEI concluye que se trató de un crimen empresarial, financiero y político, perpetrado mediante una arquitectura criminal compleja que articuló intereses económicos, financiamiento internacional, estructuras de seguridad, corrupción institucional y graves omisiones estatales, configurando un modus operandi sostenido en el tiempo.

El crimen fue resultado de una operación criminal planificada, ejecutada por una estructura articulada entre sicarios, actores con formación militar, directivos de la empresa DESA y apoyo de miembros del Estado.

Hasta el momento de la publicación, estos datos inocultables no han sido adecuadamente considerados en la investigación estatal, ya que no se ha profundizado en la responsabilidad empresarial y sus conexiones, que incluyeron acciones de corrupción sobre autoridades ambientales, municipales y de seguridad, pago a periodistas y medios de comunicación, entre otras acciones repudiables y que debieran ser indagadas.

Por tanto, se afirma que los accionistas mayoritarios del proyecto Agua Zarca —José Eduardo, Pedro y Jacobo Atala Zablah y Daniel Atala Midence— tienen responsabilidades penales, ya que formaron parte de la estructura que hizo posible el asesinato de Berta Cáceres.

También sugieren profundizar en las responsabilidades de las autoridades del BCIE y el banco FMO de los Países Bajos, por brindar créditos a DESA aun con pleno conocimiento del contexto de violencia y violación de derechos en que la empresa estaba operando.

Entre los hallazgos del informe también se hace responsable a la empresa de una constante obstaculización deliberada de la investigación del asesinato de Berta Cáceres, que claramente impidieron una indagación completa.

Responsabilidades

A modo de resumen del extenso y documentado informe, se debe señalar que el CIEI enfatiza las siguientes conclusiones y responsabilidades en el caso:

  • Los daños derivados del asesinato de la señora Berta Cáceres y del conflicto asociado al proyecto Agua Zarca son múltiples, diferenciados y de carácter individual y colectivo. Afectan a la familia Cáceres, al testigo sobreviviente Gustavo Castro, al COPINH como organización, a la comunidad indígena lenca de Río Blanco y al río Gualcarque como espacio espiritual y cultural.
  • El conflicto y la violencia asociados al proyecto hidroeléctrico Agua Zarca tienen como causa estructural la persistente omisión del Estado hondureño de reconocer y garantizar el derecho del pueblo indígena lenca de Río Blanco a la propiedad colectiva de su territorio.
  • La imposición del proyecto hidroeléctrico Agua Zarca estuvo acompañada de una a obstaculización deliberada de prácticas culturales y del acceso a lugares sagrados para la comunidad indígena lenca, con el propósito de desmoralizar y debilitar la resistencia colectiva
  • Los bancos internacionales de desarrollo BCIE y FMO firmaron el acuerdo de crédito a favor de DESA con conocimiento de la situación de violencia generada por el proyecto y de la inexistencia de un proceso válido de consulta previa.
  • El Estado no ha adoptado medidas de cesación para poner fin a las violaciones continuadas de los derechos del pueblo lenca de Río Blanco.
  • Los daños causados en el presente caso, así como las correspondientes violaciones a los derechos humanos documentadas, comprometen la responsabilidad internacional del Estado de Honduras.
  • Las instituciones financieras involucradas también incumplieron sus obligaciones, en particular aquellas relacionadas con los derechos de los pueblos indígenas y la debida diligencia en derechos humanos.
  • Finalmente, el GIEI identificó la existencia de una deuda histórica de reparación, que no puede ser satisfecha mediante respuestas fragmentarias o meramente compensatorias. Dicha deuda exige la adopción de medidas de reparación estructurales, integrales, colectivas y sostenidas, con un enfoque transformador orientado no solo a reparar los daños ocasionados, sino también a modificar las condiciones estructurales que hicieron posibles las violaciones, garantizar la no repetición de hechos similares y restablecer la confianza de las comunidades afectadas en las instituciones del Estado.

El informe termina con un extenso y detallado plan de reparación integral que incluye múltiples medidas de rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición.