Aplicación de las normas internacionales del trabajo, 2023
Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones
Informe III (Parte A)
Conferencia Internacional del Trabajo, 111a reunión, 2023
En virtud del artículo 19 de la Constitución de la OIT, a partir de la adopción de una norma internacional del trabajo los Estados Miembros tienen algunas obligaciones, especialmente la de someter el instrumento recientemente adoptado a las autoridades nacionales competentes y la de presentar periódicamente memorias sobre las medidas adoptadas para dar efecto a las disposiciones de los convenios no ratificados y de las recomendaciones.