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Nito Cortizo, presidente de Panamá.

Conquista popular en Panamá

31 octubre, 2023 | Ricardo Changala

En medio de una gran movilización social que lleva varios días y ante la amenaza de declaración de inconstitucionalidad, el día 27 de octubre de 2023, el presidente panameño Laurentino “Nito” Cortizo, firmó una resolución que prohíbe nuevas concesiones de minerales metálicos en todo el país, incluidas las que están en trámite.

Una verdadera ola de protestas se produjo en Panamá durante la segunda parte del mes de octubre exigiendo la derogación del contrato minero 406 firmado entre el Gobierno y la empresa Minera Panamá, una compañía filial de la canadiense First Quantum Minerals para la explotación de la que sería la mina de cobre más grande de Centroamérica (FQM).

Uno de los aspectos que provocaron mayor indignación fue la rapidez con la que el Congreso aprobó la polémica ley autorizando la explotación minera, que incluso prohíbe al Estado hacer sobrevuelos en el área de concesión, lo cual se entiende violatorio de la soberanía nacional. Luego de la aprobación parlamentario, el presidente firmó el decreto el mismo día, en una inusitada demostración de celeridad administrativa.

En los hechos, se trataba de la extensión de un contrato ya existente desde el año 1991, que ya fuera declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia en el año 2017, órgano que, en el año 2021, reiteró su apreciación luego de considerar seis recursos que pretendía impugnar su sentencia.

Precisamente, el 26 de octubre, la misma Corte, admitió un nuevo recurso de inconstitucionalidad, ahora contra el decreto presidencial de Cortizo, el cual debe ser resuelto en un plazo breve, según informó la misma SCJ.

Ante este panorama, social y judicial, el presidente anunció las prohibiciones de concesiones mineras y además, se declaró abierto al diálogo aunque no indicó formas concretas para llevarlo adelante.

El episodio comentado su suma a una larga lista de conflictos sociales provocados por el otorgamiento de autorizaciones a grandes empresas, en general transnacionales para la explotación de recursos naturales a través de procesos poco claros, en general con mucho secretismo, sin respetar la opinión de la ciudadanía, ni aún en aquellos casos en que las propias leyes nacionales así lo exigen.

En el mismo momento en que se producían los hechos narrados, en Bogotá, Colombia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos celebraba su 162 Período Ordinario de Sesiones uno de cuyos temas de agenda fue el análisis para sentencia del caso de la Comunidad de La Oroya Vs. Perú.

La Corte regional analiza la eventual responsabilidad internacional del Estado por los perjuicios causados a un grupo de pobladores de la Comunidad de La Oroya, como consecuencia de actos de contaminación realizados por un complejo metalúrgico en dicha comunidad, lo cual habría impactado seriamente la salud de las presuntas víctimas.

Los demandantes sostienen que el Estado incumplió su obligación de actuar con la debida diligencia en la ejecución de sus deberes de regular, supervisar y fiscalizar el comportamiento de las empresas privadas y estatales respecto la potencial afectación a los derechos humanos de los habitantes de la comunidad, así como su obligación general de prevenir violaciones a los derechos humanos.

Además, el Estado no habría adoptado las medidas adecuadas para hacer frente a los riesgos ocasionados por la contaminación del medio ambiente en la salud infantil de la comunidad.

Se alega también que Perú no garantizó la participación pública ni el derecho al acceso a la información de las presuntas víctimas en las decisiones que les afectarían directamente, ni investigó las amenazas, hostigamientos y represalias en contra de las presuntas víctimas.

Por ello y otros argumentos, se plantea que el Estado incumplió sus obligaciones inmediatas en materia del derecho a un medio ambiente sano y a la salud, así como su obligación de lograr progresivamente la realización plena de dichos derechos.

Aunque la Corte aún no ha tomado decisión, el peso argumentativo y probatorio volcado al caso permite suponer que el Estado será condenado, siendo este uno de tantos otros casos que en tribunales locales o internacionales, hacen ver la reiteración de casos similares que no solo afectan el derecho al ambiente sano sino que provocan afectaciones directas para las personas, las comunidades y para la sociedad en general.

Por ello, lo ocurrido en Panamá es muy importante ya que al menos por el momento, se ha podido evitar que este tipo de explotaciones se produzcan con la secuela de impactos irreversibles que provocan.