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Foto: Magdalena Maier en Pixabay

México: el presidente presenta propuesta de reforma constitucional

07 febrero, 2024 | Ricardo Changala

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) presentó en la tarde del lunes 5 de febrero un paquete de reformas constitucionales que incluye al menos veinte modificaciones cubriendo temas tan variados como ciertos cambios en el sistema judicial, en el sistema electoral, fijación de salarios, pensiones, acceso a la salud, becas estudiantiles, prohibición de la tecnología de fractura hidráulica, entre otros temas.

Al faltar apenas cuatro meses para las elecciones generales es evidente que más que pretender su aprobación actual, se convierte en una suerte de agenda para el nuevo Poder Judicial que asuma durante este año.

Al momento de presentar la iniciativa, AMLO dijo que “…la esencia de estas normas y nuevos derechos es encauzar la vida pública por la senda de la libertad, la justicia y la democracia, como lo demandaron nuestros antepasados y sus abnegados dirigentes”.

La referencia a las demandas de los antepasados la realiza porque uno de los ejes centrales de esta reforma tiene que ver con los Pueblos Indígenas y también con las comunidades afrodescendientes mexicanas, ya que se propone reconocerlos como sujetos de derecho público, atendiéndoles de manera preferente por ser los más antiguos y olvidados de México.

En México 25.7 millones de personas se auto adscriben como indígenas, lo que representa el 21.5% de la población total del país. En el territorio mexicano, coexisten 68 pueblos indígenas. Por su lado, 1.3 millones de personas se consideran afromexicanas, lo que representa el 1.2% de la población a nivel nacional.

La relevancia social, política, económica y cultural de estos pueblos y comunidades supera ampliamente el porcentaje numérico de sus integrantes, lo cual se expresa, entre otros aspectos, en la normativa y la institucionalidad del país.

En la Constitución actual, ya se reconocen derechos a estos pueblos.

El artículo 2 de la Constitución actual establece, entre otros, contenidos, que:

La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus Pueblos Indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. La conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre Pueblos Indígenas.

Sin embargo, la necesidad de avanzar en el reconocimiento constitucional de más derechos de los Pueblos Indígenas ha estado en el centro de algunos de los conflictos sociales y políticos que el país ha atravesado y aún enfrenta.

Recordemos que el 1 de enero de 1994, se produjo el levantamiento del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) en el Estado de Chiapas, que, luego dio lugar a un proceso de diálogo entre el Gobierno Federal y el EZLN que concluyó con la firma de los Acuerdos de San Andrés Larrainzar, Chiapas, sobre “Derechos y Cultura Indígena” el día 16 de febrero de 1996.

Esos acuerdos recogieron la voluntad y el consenso de todas las partes para dar atención a las demandas y reivindicaciones históricas de los pueblos indígenas del país incluyendo una reforma constitucional que reconociera sus derechos fundamentales.

Luego de un largo proceso en el año 2001 se reformó al artículo 2o. de la Constitución Federal que, si bien reconoció un conjunto de derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas, no atendió debidamente sus demandas y reivindicaciones históricas, en particular, a lo contenido en los Acuerdos de San Andrés.

Si bien el nuevo texto reconoció el derecho de la libre determinación y la autonomía, no se establecieron las bases y mecanismos para su ejercicio efectivo, cuestión que terminó delegándose a las constituciones y leyes de las entidades federativas.

El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas fue de “sujetos de interés público”, y no de “derecho público”, con el propósito de menoscabar sus derechos colectivos y limitar su efectivo ejercicio y aplicación, al considerarles como meros sujetos pasivos de las políticas y acciones públicas.

En general, en lugar de reconocer sus derechos colectivos para hacer justicia con sus demandas históricas, se impusieron un conjunto de limitaciones normativas, que mas bien profundizan o eternizan sus problemas ancestrales.

Al inicio del gobierno del presidente AMLO se creó el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas que elaboró una propuesta de reforma constitucional donde se incluye no solo a los pueblos indígenas sino también a los afromexicanos.

La propuesta, que pretendía modificar 16 artículos constitucionales, fue sometida a un amplio proceso de consultas realizada entre los meses de junio y julio de 2019 mediante 54 Foros en regiones indígenas en 27 entidades federativas, así como 62 asambleas de seguimiento, con más de 20 mil autoridades municipales, agrarias y comunitarias durante el año 2021.

El documento consultado fue entregado al presidente de la República Mexicana, por parte de una comisión representativa de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas en el mes de septiembre de 2021, en el marco del evento de “petición de perdón al Pueblo Yaqui y los pueblos indígenas de México”, celebrado en el estado de Sonora el 21 de septiembre de 2021.

Reconocer a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como “sujetos de derecho” implica el reconocimiento de su personalidad jurídica colectiva y, por lo tanto, de su capacidad para gozar y ejercer derechos como una entidad que tiene actuación en la esfera legal, dotándolos de capacidad y personalidad para decidir su presente y futuro.

Esto significa que la transformación de sus condiciones de vida y la solución de sus problemas no pueden venir de arriba hacia abajo, no puede ser producto de una visión externa, ni ignorar su historia, cultura y tradición.

Por ello, los promotores de la reforma afirman que resulta necesario que la norma fundamental reconozca a los pueblos indígenas como sujetos de derecho público, y como titulares de un conjunto de derechos y obligaciones que les permitan tener una relación de respeto, en condiciones de igualdad y dignidad, con el resto de las autoridades del Estado, así como tener la plena capacidad jurídica para la toma de decisiones e instrumentos concretos y eficaces para la exigibilidad de sus derechos.

Habrá que estar atentos a la recepción de estas reformas promovidas por el presidente.

Al menos en lo relacionado con los pueblos indígenas y las comunidades afromexicanas, lo planteado está precedido por una larga historia de luchas, acuerdos y desavenencias que en la actualidad merecen ser abordadas en profundidad, promoviendo el pleno respeto por las culturas que habitan en México.

Ello es un requisito imprescindible para lograr la justicia y la democracia que según el propio presidente AMLO están en la base de esta iniciativa de modificación constitucional.