A fines de febrero de 2023, comenzó en Ecuador un juicio penal contra representantes de la empresa de capitales japoneses Furukawa acusados del delito de trata de personas con fines de explotación laboral.
Las condiciones que han denunciado más de ciento veinte exempleados (la mayoría afrodescendientes), de esta empresa que era la principal productora de fibra de abacá, son terribles.
Entre otros aspectos, trabajaban largas jornadas muy por encima de los máximos legales, sin agua potable ni luz ni saneamiento y sin contratos laborales ni derechos de seguridad social. Además, muchas personas resultaron mutiladas por el uso inadecuado e inseguro de maquinaria, entre otras graves violaciones de derechos humanos y laborales básicos.[1]
En abril del año 2022 la empresa ya había sido condenada en sede laboral al pago de indemnizaciones materiales y morales por estas prácticas.
Pero también el Estado ecuatoriano fue condenado por la grosera violación de sus obligaciones de protección de derechos laborales ya que no hubo inspecciones de trabajo que dieran cuenta de la realidad que vivían estas personas. No solo ello, sino que en el año 2005 la empresa había recibido del Ministerio de Trabajo la condecoración al “mérito laboral”, la cual, ahora ha sido retirada.
Nadie podrá decir que es una situación novedosa o que no hubo múltiples alertas al respecto.
Por ejemplo, ya en el año 2010 la entonces Relatora Especial de la ONU sobre formas contemporáneas de esclavitud que visitara Ecuador expresó en su informe que
“…las formas contemporáneas de la esclavitud subsisten en el Ecuador y que están directamente relacionadas con casos generalizados de discriminación, exclusión social y pobreza. Afectan a sectores de la población que han tenido que enfrentarse a situaciones desfavorables de carácter histórico, como los afrodescendientes y los indígenas, así como a grupos cuyas condiciones de vida les convierten en presa fácil para la explotación, como los niños de las familias pobres, los solicitantes de asilo, los refugiados y los migrantes en situación irregular u objeto de tráfico ilícito, y las mujeres”.[2]
La problemática del trabajo esclavo se extiende en gran parte del continente americano.
Por ejemplo, en Brasil, el Ministerio de Trabajo ha dado cuenta que 2.575 trabajadores que eran sometidos a esclavitud fueron detectados y rescatados durante el año 2022, un número en un 31 % superior al de 2021. De estas personas 2.427 eran brasileños y 148 extranjeros (101 paraguayos, 25 bolivianos, 14 venezolanos, 4 haitianos y 4 argentinos).
La mayoría de ellos eran víctimas de propietarios de empresas de caña de azúcar, madera, carbón vegetal, café y soja, entre otros sectores agropecuarios y mineros.
Según los datos oficiales el Estado lleva identificados más de 60.000 personas trabajando en condiciones análogas a la esclavitud, habiendo registrado un aumento importante de detecciones en los últimos años.[3]
También en Paraguay la temática es altamente preocupante. El informe de la Relatora Especial que visitar ese país concluye en su informe que:
“…sigue preocupada por las lagunas de protección, en particular con respecto a los grupos en situación de vulnerabilidad, como los pueblos indígenas, los niños de familias pobres o rurales, y las trabajadoras domésticas. También le preocupa que las estrategias económicas y de desarrollo imperantes, que consisten en atraer inversiones extranjeras a expensas de la protección del mercado laboral, puedan crear condiciones que generen escasez de trabajo decente, desigualdad y casos de explotación grave, incluidas formas contemporáneas de la esclavitud.”[4]
Incluso en países como Costa Rica donde el nivel de respeto a los derechos humanos parecería estar por encima de la media regional, el problema de las formas contemporáneas de esclavitud no deja de estar presente.
El Relator Especial de la ONU visitó al país sobre fines del año 2022 y en sus primeras conclusiones afirmó que
“Los trabajadores migrantes son particularmente vulnerables a las formas contemporáneas de esclavitud en Costa Rica. Algunos tienen permisos de trabajo temporales antes de su llegada, pero muchos otros no y trabajan de manera irregular (…) los trabajadores en situación migratoria irregular constituyen la mayoría de la fuerza laboral en algunas plantaciones, y se encuentran en una situación peor. Son contratados por subcontratistas que trabajan con los empleadores y se sabe que explotan a los trabajadores cobrando altas tarifas, deduciendo sus salarios o no proporcionando seguro. Al Relator Especial le preocupa que actualmente no exista un marco jurídico que regule a estos subcontratistas”
En cuanto a la población afrodescendiente e indígena también mostró preocupación ya que la falta de cumplimiento de la legalidad vigente incluyendo la relacionada a las tierras y territorios indígenas “amenaza su propia supervivencia y los hace vulnerables a la explotación laboral y sexual debido a las limitadas opciones de subsistencia. Estas tierras han sido tomadas, controladas y comercializadas por personas no indígenas con la aquiescencia del Gobierno, y las poblaciones indígenas tienen que trabajar para ellas sin acceso suficiente e independiente a los recursos naturales en ausencia de consultas significativas y la provisión de Consentimiento Previo, Libre e Informado. Informado Libre y Previo”. [5]
Tal y como se expresa en el mandato de la relatoría especial, para erradicar realmente la esclavitud en todas sus formas, es preciso abordar las causas profundas de esta práctica, tales como la pobreza, la exclusión social y todas las formas de discriminación.
Esto incluye avanzar decididamente hacia la meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible que plantea erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas contemporáneas de esclavitud y la trata de personas y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y al 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas.
Los datos y la información incluida en este artículo nos hacen ver que estamos muy lejos de ello.
Para promover y proteger los derechos de todas las personas, especialmente de las personas más vulnerables de nuestra sociedad se requieren cambios profundos, no solo en el plano declarativo sino en los sistema sociales y económicos que impiden modificar esta triste realidad.
Resulta por demás paradójico que, pasados 92 años de la adopción por parte de la OIT del Convenio Nro. 20 contra el Trabajo Forzoso (1930), la esclavitud siga viviendo entre nosotros.
NOTAS
[1] Detalles y cronología del proceso puede verse en https://www.fiscalia.gob.ec/caso-furukawa/
[2] ONU, Asamblea General, Informe de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, Sra. Gulnara Shahinian, Misión a Ecuador, A/HRC/15/20/Add.3, 5 de julio de 2010
[3] Para ampliar datos estadísticos puede verse https://sit.trabalho.gov.br/radar/
[4] ONU, Asamblea General, Informe de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, relativo a su misión al Paraguay, A/HRC/39/52/Add.1, 20 de julio de 2018
[5] Declaración de Fin de Misión a Costa Rica: Tomoya Obokata, Relator Especial sobre formas contemporáneas de esclavitud, 25 noviembre 2022, que puede consultarse en https://costarica.un.org/es/208822-declaracion-de-fin-de-mision-costa-rica-tomoya-obokata-relator-especial-sobreformas#:~:text=Tomoya%20Obokata%20fue%20nombrado%20Relator,personas%20y%20la%20esclavitud%20moderna.