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Composición con imágenes de Wikimedia Commons, ODECO y CRITERIO.

Guatemala y Honduras: Pueblos Indígenas y afrodescendientes según la ONU

31 marzo, 2026 | Ricardo Changala

En el marco del 61er período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU llevado a cabo entre el 23 de febrero y el 2 de abril de 2026, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos presentó informes sobre la situación de derechos humanos en Guatemala[1] y Honduras[2].

En ambos documentos, los Pueblos Indígenas y afrodescendientes ocuparon un lugar relevante como consecuencia de ser colectivos especialmente afectados por múltiples problemas que les impide gozar plenamente de los derechos individuales y colectivos que las normas internacionales y también las legislaciones domésticas les reconocen y prometen proteger.

A continuación, se comparten los principales contenidos relacionados con los Pueblos Indígenas y Afrodescendientes en estos informes.

Guatemala

Bajo el título “Pueblos Indígenas, garífunas y afrodescendientes” el informe recorre varios aspectos de la realidad de esa parte de la población que, aún considerando inexactos los datos censales, es por lo menos la mitad del total de los habitantes de Guatemala.

Aspectos generales

En 2025, la discriminación racial y el racismo sistémico continuaron repercutiendo en el goce de los derechos de los Pueblos Indígenas, garífunas y afrodescendientes.

No obstante, el ACNUDH observó el fortalecimiento de las instituciones indígenas con el nombramiento, en enero, de nuevas autoridades de la Defensoría de la Mujer Indígena y de la Comisión Presidencial contra la Discriminación y el Racismo contra los Pueblos Indígenas.

El Presidente de la República y las autoridades indígenas continuaron el diálogo nacional de alto nivel, logrando avanzar en acciones para proteger los derechos de los Pueblos Indígenas en el marco de las construcciones públicas en tierras comunales.

Como resultado, el Congreso aprobó el Decreto núm. 13-2025, por el que se reforma la Ley Orgánica del Presupuesto.

Criminalización

Las autoridades indígenas continuaron enfrentando la criminalización asociada a su liderazgo en las manifestaciones pacíficas de 2023 y el efecto intimidatorio de tal criminalización.

Preocupan al ACNUDH los crecientes señalamientos públicos que equiparan las formas de organización de los Pueblos Indígenas con estructuras criminales, lo que limita el ejercicio de sus derechos colectivos a las autonomías y la libre determinación y su derecho a la reunión pacífica, que son fundamentales para la defensa de los derechos humanos que los asisten, así como su supervivencia como pueblos.

El ACNUDH documentó una falta de adopción de medidas dirigidas a frenar la contaminación de territorios indígenas, generada principalmente por vertederos municipales de desechos sólidos a cielo abierto, depósito de aguas residuales, erosión por malas prácticas agrícolas y deforestación, como la que se da en la cuenca del lago de Atitlán (Sololá) y en el Valle de Palajunoj (Quetzaltenango).

Casi en simultáneo con la publicación de este informe, el Relator Especial sobre el derecho a la alimentación, Michael Fakhri, presentó su propio reporte anual en el cual incluye referencias a los Pueblos Indígenas de Guatemala, en particular, el kakchikel.

En su párrafo 27 afirma:

“La persecución, el acoso y el asesinato selectivo de defensores de la tierra siguen siendo motivo de gran preocupación en Guatemala, donde familias, comunidades indígenas como el pueblo maya kaqchikel de San Juan Sacatepéquez y defensores de los derechos humanos que se resisten a la ocupación de sus tierras y defienden sus tierras ancestrales pueden ser víctimas de actos de violencia, criminalización, daños al medio ambiente y desplazamientos forzosos a manos de actores armados y empresas o intereses de terratenientes, a menudo en situaciones en que carecen de una protección suficiente contra las agresiones, la destrucción de sus cultivos y las amenazas”[3].

Consulta y consentimiento

En marzo, la sentencia emitida hace más de ocho años por la Corte de Constitucionalidad se ejecutó por resolución de tribunal competente, a favor de las comunidades de Sierra Santa Cruz de Izabal, quien ordenó al Registro de la Propiedad de la Zona Central que iniciara las diligencias de reposición del folio e inscripciones registrales ante un juez competente[4].

En relación con la actividad de la mina Escobal, las autoridades xinkas celebraron asambleas comunitarias de consulta en siete municipios de Santa Rosa y Jalapa, en las que se dio a conocer información oficial proveniente de instituciones de Gobierno sobre los posibles impactos de la empresa minera, información que fue revisada por expertos independientes. La empresa ha expresado preocupaciones sobre una posible gestión parcial de la información difundida en dichas asambleas comunitarias.

En mayo, durante una manifestación pacífica, el Parlamento Xinka entregó al presidente Arévalo y al Ministerio de Energía y Minas los resultados de la consulta, e informó que no otorga su consentimiento para la continuidad de las operaciones de la empresa minera. Se espera que el Ministerio de Energía y Minas convoque a la mesa de diálogo para tomar una decisión final sobre las operaciones de la minera.

Garífunas y afrodescendientes

Respecto a la situación del pueblo garífuna y afrodescendiente, a la luz del primer Decenio Internacional de los Afrodescendientes (2015-2024), se destacan como avances positivos la firma de una agenda de trabajo entre el Gobierno y el pueblo garífuna, las actividades puntuales de capacitación a instituciones públicas en Izabal y la inclusión de la variante afrodescendiente para la autoidentificación en el censo de 2018.

Sin embargo, aún se encuentra pendiente la aprobación por parte del Congreso de tres iniciativas de ley (la Ley núm. 5398, Ley del Día Nacional de la Dignificación y de Acciones Afirmativas a favor de la Mujer Garífuna y Afrodescendiente; la Ley núm. 4345, Ley de Creación del Instituto Garífuna para el Desarrollo; y la Ley núm. 5133, Ley de Reconocimiento del Pueblo Afrodescendiente Creole en Guatemala), la aprobación del plan nacional de actividades del Decenio Internacional de los Afrodescendientes, y la designación de una institución rectora.

Además, el pueblo garífuna sigue sin poder disfrutar de sus derechos debido a la escasa participación en espacios de toma de decisiones; al limitado acceso a recursos y servicios públicos en los sectores de la educación, la salud, la vivienda y el empleo; al impacto de la migración en la pérdida de su cultura, y a las vulneraciones de los derechos de las mujeres, incluida la violencia de género.

Conclusiones y recomendaciones

En el capítulo de conclusiones y recomendaciones, el informe del Alto Comisionado de Derechos Humanos expresa que a pesar de las acciones emprendidas por el Gobierno para la protección de las personas defensoras de derechos humanos, la institucionalización de los diálogos con Pueblos Indígenas y el impulso de las agendas en materia de discapacidad y juventud, persisten en Guatemala desafíos significativos en lo que se refiere a desigualdad, marginalización y justicia.

A partir de las evidencias recogidas, el Alto Comisionado de Derechos Humanos recomienda al Estado:

  • Continuar priorizando la institucionalización del diálogo de alto nivel entre el presidente y las autoridades indígenas, incluida la agenda de trabajo con el pueblo garífuna y avanzar en los procesos de consulta previa, libre e informada sobre asuntos en curso;
  • Establecer una institucionalidad agraria que integre el desarrollo rural y la dinámica del sector, de conformidad con el Acuerdo Agrario firmado por el presidente al inicio de su gestión y con las obligaciones internacionales de Guatemala en materia de derechos humanos;
  • Garantizar los derechos de las víctimas a la justicia a través de investigaciones y procesos judiciales independientes, imparciales, prontos y exhaustivos;
  • Avanzar en el fortalecimiento del marco normativo, institucional y de políticas públicas para garantizar los derechos de la juventud, de las personas con discapacidad y de las personas LGBTIQ+;
  • Continuar con los esfuerzos para garantizar los derechos a la verdad y la memoria, incluido el acceso y la protección de archivos históricos y sitios de memoria, así como la reparación integral y las garantías de no repetición con pertinencia cultural y enfoque de género, priorizando la aprobación e implementación del Plan Nacional de Dignificación y Reparación;
  • Fortalecer la metodología de la Instancia de Análisis de Ataques contra el Derecho de Personas, Organizaciones, Comunidades y Autoridades de los Pueblos Originarios a Defender los Derechos Humanos y desarrollar un plan de trabajo a largo plazo, con el fin de avanzar hacia la adopción de medidas de prevención y protección más sólidas y sostenibles para las personas defensoras de derechos humanos;
  • Redoblar los esfuerzos para erradicar la violencia contra las mujeres y niñas, y adoptar medidas urgentes para abordar las brechas estructurales que afectan a los Pueblos Indígenas y afrodescendientes, también a través de la implementación de las recomendaciones de los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, como por ejemplo las contenidas en las observaciones finales sobre el décimo informe periódico de Guatemala del Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer, de 2023, y las observaciones finales sobre los informes 18º a 20º combinados de Guatemala del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, de 2025.

 

Honduras

El informe anual del ACDH incorpora en varios apartados contenidos directamente relacionados con los Pueblos Indígenas y afrodescendientes, más allá de incluir un capítulo específico para ellos.

Por tanto, a continuación, se sistematizan los contenidos más relevantes sobre la temática.

Aspectos generales

Los Pueblos Indígenas y afrohondureños continuaron enfrentando desafíos para el reconocimiento, delimitación, demarcación, titulación, ampliación y saneamiento de sus tierras, territorios y recursos naturales, en virtud de sus derechos ancestrales.

También continuaron siendo afectados por proyectos extractivos que afectan sus medios de vida, conocimientos culturales y las formas propias de interacción con la naturaleza.

Persisten patrones estructurales e institucionales de desigualdad histórica contra los Pueblos Indígenas y afrohondureños, los cuales no solo obstaculizan el pleno disfrute de sus derechos humanos, incluidos los derechos económicos, sociales, culturales y el derecho a un medio ambiente saludable, sino que también limitan su participación efectiva en los espacios de toma de decisiones en asuntos que les afectan.

Personas defensoras de derechos humanos

El ACDH afirma que las personas defensoras de derechos humanos (incluyendo a los Pueblos indígenas) siguen siendo víctimas de asesinatos, amenazas, hostigamientos, campañas de desprestigio y criminalización por parte de actores estatales y no estatales, al tiempo que persisten altos índices de impunidad.

Durante 2025, se documentaron 17 muertes violentas ocurridas en los departamentos de Colón, Copán, Olancho y Comayagua: 13 defensores de la tierra y familiares, 2 periodistas y 1 defensor del medio ambiente y su hijo. Esta cifra representa un incremento significativo respecto de 2024, año en el que se documentaron únicamente 7 muertes violentas.

Las personas defensoras continúan recibiendo amenazas de muerte por parte de estructuras criminales y actores económicos, así como campañas de desprestigio debido a su labor de defensa del territorio. La criminalización de la defensa de los derechos humanos continúa utilizándose como herramienta de disuasión.

El Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras ha sido objeto de una campaña sistemática en medios digitales orientada a deslegitimar su labor en la causa de Berta Cáceres. De forma similar, los colectivos que defienden el Parque Nacional Montaña de Botaderos y la causa de Juan López han sufrido acoso y campañas coordinadas de desprestigio

La aplicación de tipos penales como usurpación o desplazamiento forzado, bajo una interpretación amplia, para judicializar la labor de defensa vulnera el principio de legalidad y el derecho al debido proceso. El ACNUDH documentó al menos cinco procesos contra defensores ambientales y líderes garífunas, que, aunque concluyeron en sobreseimientos definitivos, constituyen actos de hostilidad e intimidación hacia quienes defienden los derechos humanos.

Proyectos extractivos y sus impactos

Los proyectos mineros carecen frecuentemente de control efectivo de las actividades desarrolladas tras el otorgamiento de la concesión, lo que genera impactos negativos en los derechos humanos de comunidades locales, en particular de Pueblos Indígenas.

Se observan deficiencias persistentes en los procesos de participación pública, consulta y de obtención del consentimiento libre, previo e informado, así como en el acceso a la justicia ambiental, particularmente en los casos de Azacualpa y Clavo Rico.

En el caso de la concesión de la mina de Clavo Rico en Choluteca, el Instituto Hondureño de Geología y Minas suspendió la actividad minera en el municipio de El Corpus, debido a actividades ilegales de explotación minera en una zona de dicho municipio, aunque persiste la ausencia de verificación sobre los daños a las fuentes de agua, la salud y el patrimonio cultural, y, por tanto, al disfrute de los derechos humanos.

No parece existir información suficiente sobre el estado del proceso de licenciamiento ambiental del proyecto hidroeléctrico “El Tablón”, en Santa Bárbara. Los procesos de consulta y participación no son adecuados. Por otra parte, las autoridades no han tomado medidas para la restauración y conservación del Parque Nacional Montaña de Botaderos “Carlos Escaleras Mejía”, como lo indica el Decreto núm. 18-2024.

A pesar de que el Instituto de Geología y Minas resolvió la no renovación de varias concesiones en el Parque, continúan los conflictos socioambientales entre diferentes actores y daños en el área protegida, agravados por la emisión de nuevos permisos municipales para beneficios de minerales sin considerar los estándares de debida diligencia y los principios de prevención y precaución.

Pueblo garífuna

Pese a haberse cumplido diez años de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Estado no ha avanzado en su cumplimiento ni en el saneamiento de los territorios ancestrales de las comunidades garífunas de Triunfo de la Cruz, Punta Piedra y San Juan, así como de otras comunidades garífunas.

La falta de medidas para garantizar el funcionamiento de la Comisión Intersectorial de Alto Nivel para el Cumplimiento de las Sentencias Internacionales expuso a las comunidades de Triunfo de la Cruz, Punta Piedra y San Juan a violencia, a amenazas y/o al despojo continuo de sus tierras, debido a que la presencia de terceros y actores privados propicia las presiones sobre el territorio y las comunidades.

La Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos da cuenta de que en 2025 documentó que una empresa agroindustrial inscribió un título de propiedad y registró donaciones a terceros sobre el título ancestral previamente reconocido a la comunidad garífuna de Nueva Armenia.

Esta situación ha tenido un impacto negativo en el goce efectivo de sus derechos humanos, así como de su territorio y de sus recursos naturales. La comunidad también enfrentó actos de hostigamiento por parte de empresas de seguridad privada. El territorio ancestral garífuna de La Rosita, Cayo Venado y Nueva Go en Esparta (Atlántida) continúa viéndose afectado por la presencia de terceros que generan hostigamientos y amenazas, lo que limita el goce efectivo del territorio ancestral.  En 2002, las comunidades presentaron solicitudes para el reconocimiento de su territorio ante el Instituto Nacional Agrario. Pese al considerable tiempo transcurrido, aún no han obtenido una resolución. Esta falta de respuesta oportuna del Estado coloca a las comunidades en una situación de vulnerabilidad debido a la persistente inseguridad jurídica

Pueblos miskito, tawahka, pech y garífuna en La Moskitia

Según datos recopilados por el Instituto Nacional de Estadística en 2023, en el departamento de Gracias a Dios, donde viven los pueblos miskito, tawahka, pech y garífuna, el 78,1% de los hogares se encuentra en situación de pobreza y el 62% en situación de extrema pobreza.

El Alto Comisionado de Derechos Humanos afirma que los desafíos existentes para el disfrute de derechos humanos de los pueblos ubicados en La Moskitia son, en parte, resultado de una estructura profundamente desigual y excluyente, marcada por la histórica marginalización de los Pueblos Indígenas y afrohondureños que habitan la región. La persistencia de estas condiciones perpetúa ciclos de pobreza, violencia y vulneración de derechos humanos.

La pobreza en La Moskitia está relacionada con una combinación de factores estructurales, geográficos, sociales y económicos que configuran un escenario de pobreza multidimensional, ya que las personas enfrentan múltiples carencias simultáneas que afectan a su bienestar y calidad de vida.

Se documentaron graves deficiencias en las condiciones de vivienda en zonas rurales de La Moskitia, debido a la falta de servicios básicos como agua potable, energía eléctrica, saneamiento y gestión de desechos. La Oficina observó además condiciones precarias de salud, debido a la falta de centros de salud accesibles y personal médico capacitado, lo que limita el acceso efectivo a atención médica adecuada.

Asimismo, se identificaron obstáculos para acceder a alimentos nutritivos y suficientes, relacionados con la escasez de insumos para el cultivo, el impacto de fenómenos climáticos extremos, el aislamiento geográfico y la ausencia de apoyo estatal a prácticas agrícolas culturales. Según datos del Banco Mundial, el 43% de la población de La Moskitia enfrenta inseguridad alimentaria.

Se documentó en territorios ancestrales de La Moskitia la presencia de individuos vinculados principalmente a la ganadería extensiva, la deforestación para la siembra de pastizales, la explotación ilegal de madera y el narcotráfico.

También recibió alegaciones sobre violencia relacionada con la compra y usurpación de tierras, entre otras cosas, amenazas, hostigamiento y agresiones contra personas indígenas, así como la falta de una respuesta oportuna de las autoridades competentes.

La falta de acción estatal para garantizar la protección efectiva del territorio y realizar procesos de saneamiento que aseguren su posesión y uso efectivo afecta el derecho de estas comunidades a su territorio ancestral.

Se da cuenta de la deforestación causada por incendios forestales y la explotación ilegal de recursos forestales y mineros, en zonas núcleo de la Reserva de la Biosfera del Río Plátano y en ríos como el Patuca, el Sigre, el Coco o Segovia, el Warunta, el Rus Rus y el Mocorón. Estas actividades ilícitas afectarían gravemente la biodiversidad, el medio ambiente y los medios de vida de las comunidades de los Pueblos Indígenas y afrohondureños.

Pueblo lenca

En 2025, se realizó la titulación de 14 manzanas a favor del Consejo Indígena Lenca El Cacao por parte del Instituto Nacional Agrario.

Sin embargo, preocupa que los Consejos Indígenas de Potrerillos, Gracias a Dios, Río Bonito, Nueva Esperanza y El Achiotal, en el departamento de Comayagua, continúan enfrentando serias dificultades para acceder a la tierra y el territorio, y ejercer sus derechos sobre ellos.

A pesar de las solicitudes presentadas ante el Instituto Nacional Agrario, estos Consejos no han obtenido una respuesta efectiva con relación a la delimitación, titulación y saneamiento de sus territorios.

Esta omisión ha contribuido a que persistan situaciones de hostigamientos y amenazas, incluidos procesos y denuncias penales, así como detenciones recurrentes por parte de las autoridades, aun cuando ya se habían ejecutado órdenes de captura, y amenazas de desalojos forzosos por actores privados y autoridades locales.

Recomendaciones

El Alto Comisionado reitera las recomendaciones contenidas en sus informes anteriores e insta a las autoridades a:

  • Adoptar y aplicar las reformas pendientes del marco normativo e institucional ambiental, incluida la Ley General del Ambiente y los reglamentos del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Ambientales, sobre la consulta previa, libre e informada de los Pueblos Indígenas, y el control y la supervisión efectivos de licencias ambientales y de concesiones mineras para prevenir impactos ambientales, sociales y culturales;
  • Unificar el registro catastral del Instituto de la Propiedad y el Instituto Nacional Agrario;
  • Derogar el Decreto Ejecutivo núm. 93-2021 sobre desalojos preventivos, o realizar las modificaciones necesarias que aseguren su compatibilidad con el derecho internacional de los derechos humanos;
  • Asignar recursos suficientes al Instituto Nacional Agrario para la delimitación, demarcación, titulación y saneamiento efectivo de los territorios de Pueblos Indígenas y afrohondureños con su plena participación y consulta;
  • Tomar debidamente en cuenta e implementar las recomendaciones y reparaciones acordadas por los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, incluidas las relacionadas con los derechos de los Pueblos Indígenas y afrohondureños.

 

[1] Consejo de Derechos Humanos 61er período de sesiones, Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, A/HRC/61/18, 22 de enero de 2026 https://docs.un.org/es/A/HRC/61/18

[2] Consejo de Derechos Humanos 61er período de sesiones, 23 de febrero a 2 de abril de 2026, Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, A/HRC/61/19, 4 de febrero de 2026 https://docs.un.org/es/A/HRC/61/19

[3] Consejo de Derechos Humanos 61er período de sesiones, Informe del Relator Especial sobre el derecho a la alimentación, la tierra y el derecho a la alimentación A/HRC/61/51, 7 de enero de 2026, https://docs.un.org/es/A/HRC/61/51

[4] Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil del Departamento de Guatemala, Constituida en Tribunal de Amparo, amparo núm. 01010-2012-00134, 3 de enero de 2025,